Comunicado SENCE

Estimados,

Junto con saludar, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), informa que en relación a las Resoluciones Exentas N° 5369 y 5370, de fecha 21 de diciembre de 2018, en la cual se indica el nuevo desarrollo que los Organismos Técnicos de Capacitación deben desarrollar en sus plataformas de contenido, este consiste en efectuar una redirección del navegador del participante, al portal de inicio y cierre de sesión del SENCE, donde cada uno deberá ingresar con su Clave Única SENCE (CUS). Una vez realizado el inicio y cierre de sesión, el portal SENCE re direccionará al participante de regreso a la plataforma de gestión de contenidos del OTEC, según corresponda, para efectos de controlar la conectividad en dichos cursos. Sumado a lo anterior se exigirá por parte de los participantes a un curso e-learning un 40% de conectividad para los cursos asincrónicos y un 75% para cursos sincrónicos. Esto se hará exigible para todos los cursos comunicados o ingresados a partir del 1° de julio de 2019.

Cabe indicar que este nuevo desarrollo, conlleva un cambio en las plataformas donde el OTEC y los participantes emiten su Declaración jurada, siendo reemplazado el actual Sistema de Declaración jurada por el Sistema de Certificados, este último es para la emisión de los certificados de asistencia para cursos presenciales. En esta plataforma al momento que los usuarios ingresen se habilitará la opción para seleccionar si desea emitir un certificado de asistencia, o bien emitir una Declaración Jurada dependiendo del tipo de perfil.

Recordar que los cursos comunicados o ingresados desde el 1° de julio de 2019, la conectividad de los participante deben ser controlados por este nuevo desarrollo “Redirección”, siendo exigible el porcentaje de conectividad de un 40% para cursos e-learning asincrónico y un 75% para e-learning sincrónicos. Para los cursos que se hayan comunicado o ingresados anterior a dicha fecha deberán seguir controlando la conexión de los participantes mediante la integración vía web service o bien disponibilizando el link de SENCE para el inicio y cierre de sesión del participante en su curso e-learning, exigiendo que el participante se haya conectado para que pueda emitir su Declaración Jurada.

Para los periodos anteriores a las exigencias establecidas en las resoluciones, las Entidades Capacitadoras (OTEC/empresas) deberán seguir operando con el Sistema E-learning actual.

Ante consultas relacionados a lo información enviar correo a Gabriela Fajardo, gfajardo@sence.cl

 

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