Comunicado de Sence – Curso Guardias de seguridad y vigilantes privados.

Sence informa ORD. Circ N°18, en el cual se dicta instrucciones aplicables a la ejecución de cursos de Guardias de Seguridad y Vigilantes Privados, durante el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe.

De acuerdo a lo indicado por el Servicio, han sido considerados el actual contexto de circulación viral y dispersión comunitaria del coronavirus COVID-19, en los cuales los ejecutores se han visto imposibilitados de realizar los cursos bajo modalidad presencial que son autorizadas por Carabineros de Chile, y lo estipulado en la Resolución Exenta N° 132, del 17 de agosto de 2020, emitida por Carabineros de Chile, Dirección Nacional de Orden y Seguridad, de la Zona de Seguridad Privada y Control de Armas, en la cual autoriza la capacitación y dictación de cursos de Formación y Perfeccionamiento en línea para guardias de seguridad y vigilantes privados mediante plataformas digitales en la totalidad de las asignaturas, salvo los módulos: (i) Primeros auxilio, (ii) Defensa personal y, (iii) Arma y Tiro, toda vez que no es posible autorizar una capacitación a distancia sin que se lleve a cabo la práctica adecuada de los conocimientos que permitan al guardia de seguridad y al vigilante privado desempeñar correctamente las acciones y maniobras salvadoras y/o defensivas, sin poner en peligro la vida e integridad de las personas que deberán proteger en ejercicio de sus funciones.

En consecuencia, acorde a lo estipulado anteriormente, los Organismos Técnicos de Capacitación, podrán ejecutar sus cursos ante SENCE, debiendo realizar mediante plataformas digitales, la totalidad de las asignaturas, salvo los módulos indicados anteriormente, los cuales deberán ser realizadas de manera presencial acorde a lo establecido en la Resolución Exenta N° 132, de 17 de agosto de 2020, aplicable durante el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe. Cabe mencionar que no será necesario solicitar una evaluación de solicitud de código de curso si ya lo posee.

Al momento de la comunicación se deberá indicar la modalidad de ejecución de los cursos si se realizará de manera presencial, o bien acogiéndose a lo autorizado por Carabineros de Chile. En caso de indicar esto último, establecer una fecha tentativa de las clases correspondientes a los módulos que se deben realizar de manera presencial. Recordar que las clases realizadas vía streaming, el ejecutor deberá subir las solicitudes de asistencia retroactiva a través de la plataforma web del Libro de Clases Electrónico.

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